Auto Supremo AS/0120/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2008

Fecha: 28-Feb-2008

Consiguientemente, en estas condiciones, es lógico concluir que no se encuentra abierta la competencia del


Consiguientemente, en estas condiciones, es lógico concluir que no se encuentra abierta la competencia del Tribunal Supremo para conocer el fondo del asunto y resolver el recurso planteado, deviniendo la improcedencia del mismo por incumplimiento de las formalidades establecidas por ley