En definitiva, se concluye que se ha tramitado la causa en el marco del debido
En definitiva, se concluye que se ha tramitado la causa en el marco del debido proceso, garantía constitucional de un proceso justo y racional procedimiento, igualdad ante la ley procesal, sin haber causado indefensión a la parte recurrente
- PARTES: Ministerio Público a querella de Adolfo Alba Villareal contra Antonio Tórrez Wilde y el
- Estafa
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Raúl Guzmán Moreira a fs
- Deducida la apelación por el procesado Raúl Guzmán Moreira, la Sala Penal Primera de la
- Con estos argumentos solicitó la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo
- CONSIDERANDO: Que las denuncias formuladas en el recurso de casación que se resuelve están orientadas
- La nulidad es una sanción genérica de ineficacia o falta de valor legal, para los
- Tradicionalmente, se ha vinculado a la majestad del rito en lo funcional y se le
- La excesiva ritualidad y formalismos que impera en nuestro ordenamiento ha llevado a la exageración
- Lo rutinario en el proceso tiene solo valor instrumental en tanto persigue ciertos objetivos técnicos
- Podemos definir la nulidad procesal como la sanción de ineficacia mediante la cual se priva
- Manuel Serra Domínguez al hablar de "Actos procesales ineficaces "(en Estudios de Derecho Procesal" Ariel,
- Estos conceptos tradicionales, insertos dentro de lo que se denomina las "teorías clásicas de la
- Parte de la doctrina vincula estrechamente la nulidad al derecho de defensa en su aspecto
- En ese marco, de acuerdo a la moderna doctrina, los fundamentos de la nulidad procesal
- En este contexto, de acuerdo a lo establecido por el art
- Por su parte, el art
- CONSIDERANDO: Ahora bien, resolviendo el recurso de casación bajo las premisas anteriormente anotadas, corresponde señalar
- A lo expuesto, debemos agregar que el acto procesal denunciado de nulidad, no tiene mayor
- En definitiva, se concluye que se ha tramitado la causa en el marco del debido
- Un razonamiento en contrario a lo expuesto, implicaría asimilar una excesiva ritualidad y formalismo en
- En consecuencia, por los argumentos expuestos, éste tribunal concluye que no existe mérito para disponer
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Ministro Relator: Abog. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2.008
