Auto Supremo AS/0121/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2008

Fecha: 28-Feb-2008

Un razonamiento en contrario a lo expuesto, implicaría asimilar una excesiva ritualidad y formalismo en


Un razonamiento en contrario a lo expuesto, implicaría asimilar una excesiva ritualidad y formalismo en el trámite de la causa, que no condice con el fin último del proceso penal cual es la búsqueda de la justicia, máxime, si consideramos que el acto procesal denunciado de nulidad, ha sido oportunamente subsanado por el tribunal de alzada, desapareciendo así el vicio procesal que -como se tiene dicho- no conlleva la vulneración de derechos y garantías constitucionales, tampoco afecta al fondo de la decisión asumida y no varía la situación jurídica del procesado