Auto Supremo AS/0129/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0129/2008

Fecha: 06-Mar-2008

Al efecto, invocó el Auto Supremo Nº 199909-Sala Penal-02-2005 de 29 de septiembre de 1999,


Al efecto, invocó el Auto Supremo Nº 199909-Sala Penal-02-2005 de 29 de septiembre de 1999, referido a que el incumplimiento de documento de préstamo netamente civil, no da lugar al delito de estafa; y, la Resolución Nº 168 de 25 de julio de 2003, referido a que, el documento suscrito como dación de pago con efecto suspensivo, es un acto netamente civil sujeto a condición suspensiva, no existiendo ardid, ni engaño