Auto Supremo AS/0102/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2008

Fecha: 08-Abr-2008

No interviene el Ministro Hugo R. Súarez Calbimonte por encontrarse con licencia


POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 217-1) del Código de Procedimiento Civil, RECHAZA el Recurso de Reposición deducido a fojas 155-156, confirmando la providencia recurrida de fojas 145, debiendo proseguir la tramitación del proceso, pudiendo comparecer el demandado en el estado en que se encuentre el trámite, previo el pago de la multa dispuesta precisamente en la providencia cuya reposición es solicitada por el demandado.

No interviene el Ministro Hugo R. Súarez Calbimonte por encontrarse con licencia