No interviene el Ministro Hugo R. Súarez Calbimonte por encontrarse con licencia
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 217-1) del Código de Procedimiento Civil, RECHAZA el Recurso de Reposición deducido a fojas 155-156, confirmando la providencia recurrida de fojas 145, debiendo proseguir la tramitación del proceso, pudiendo comparecer el demandado en el estado en que se encuentre el trámite, previo el pago de la multa dispuesta precisamente en la providencia cuya reposición es solicitada por el demandado.
No interviene el Ministro Hugo R. Súarez Calbimonte por encontrarse con licencia
- PARTES: Empresa Trans American Airlines S.A.TACA-PERU contra el Superintendente Tributario General
- FECHA: 8 de abril de 2008
- CONSIDERANDO: Que, el Superintendente Tributario General, a fojas 155-156, amparado en la disposición del artículo
- Refiere que el informe que antecede a la declaratoria de rebeldía, no es veraz, ni
- Que, corrido en traslado el memorial de fojas 155-156, el representante de la empresa demandante,
- CONSIDERANDO: Que, los actuados de fojas 117-119, evidencian el cumplimiento del artículo 121 parágrafos I
- De lo precedentemente expuesto, se concluye que, los fundamentos en los que el Superintendente Tributario
- En cuanto a la petición del demandante, en sentido de que en aplicación del artículo
- No interviene el Ministro Hugo R. Súarez Calbimonte por encontrarse con licencia
- Regístrese
- Firmado:Sofía L. Fiengo Sotés
