Auto Supremo AS/0153/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2008

Fecha: 07-Abr-2008

CONSIDERANDO II: Que, de los antecedentes procesales se tiene lo siguiente


CONSIDERANDO II: Que, de los antecedentes procesales se tiene lo siguiente:

1.- En autos se evidencia que la Comisión de Calificación de Renta emitió la resolución Nº 009235 de 11 de septiembre de 2002 (fs. 42), por la que resuelve otorgar a favor de Demetrio Vino Vino RECÁLCULO DE RENTA ÚNICA DE VEJEZ CON REDUCCIÓN DE EDAD, equivalente al 85% de su promedio salarial en el monto de Bs. 1.810,46, correspondiendo a la renta básica el 40 % de Bs. 733,18, y a la complementaria el 45%, en Bs. 824,83, más los incrementos de ley; renta que se cancelará a partir del mes de abril 1999, con el argumento de que en los archivos que se hallan en poder de la Dirección de Pensiones (Base de Datos de la Compensación de Cotizaciones), el interesado a la fecha de Corte del Sistema Residual o de Reparto (30.04.97), la Matrícula Nº 43122-VVD, tiene una edad diferente, por lo que se establece un cobro indebido de Bs. 14.367,98, que deberá ser descontado en el equivalente al 20% mensual de la renta recalculada