Auto Supremo AS/0153/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2008

Fecha: 07-Abr-2008

CONSIDERANDO III: Ahora bien, en consideración a los fundamentos del recurso, resolviendo el fondo de


CONSIDERANDO III: Ahora bien, en consideración a los fundamentos del recurso, resolviendo el fondo de la litis, se tiene:

1.- Que, es menester indicar que el interesado al momento de iniciar su trámite acompañó toda la documentación requerida para la obtención de la Renta Unica de Vejez, conforme consta de fs 1-20, entre los que consta el certificado de nacimiento de fs. 16, en el que figura como fecha de su nacimiento el 22 de diciembre de 1940, documento expedido por la Oficialía Nº 78, Libro 1-40-41, Partida Nº 46, expedida en 11 de noviembre de 1948, certificado que al ser un documento público tiene toda la eficacia probatoria prevista en los arts. 1287 y 1289 del Cód. Civ