CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación de la Dirección
DISTRITO: La Paz
PARTES: Maria Celestina Carrillo Apaza c/ SENASIR
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 76-75, interpuesto por Luís Alberto Orellano Valenzuela, representante legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) contra el auto de vista Nº 248/06 SSA-I de 28 de septiembre de 2006, cursante a fs. 71, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso de reclamación de renta seguido por Celestina Carrillo Apaza contra la entidad que representa el recurrente; el Dictamen Fiscal de fs. 84-83, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones, ahora Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), emitió la resolución Nº 292.06 de 13 de marzo de 2006, cursante a fs. 62-61, que CONFIRMA la resolución Nº 016351 de 26 de noviembre de 2004, de fs. 18-17, pronunciada por la Comisión de Calificación de Rentas, por haberse emitido conforme a las normas legales que rigen la materia
- AUTO SUPREMO Nº 157 - Reclamación Sucre, 08 de abril de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación de la Dirección
- En grado de apelación deducida por la interesada, la Sala Social Administrativa Primera de la
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluye la entidad demandada, solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, case
- CONSIDERANDO II: Así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los
- Que, no obstante la claridad del fallo y de las disposiciones legales sobre las que
- A lo anterior se añade el hecho de que, la exigencia que impone el art
- Que, por lo relacionado precedentemente, se establece que el SENASIR no ha desvirtuado las pruebas
- Consiguientemente, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolver el mismo
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 08 de abril de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
