CONSIDERANDO: Si bien es cierto que el presente proceso en su tramitación ha excedido el
CONSIDERANDO: Si bien es cierto que el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de tiempo previsto por ley, no es menos evidente que la conducta de los procesados ha influido en la prolongación de dicho trámite, enmarcándose dentro de los actos dilatorios a los que hacen referencia los fallos constitucionales antes mencionados
- VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal de fs
- Teniendo en cuenta las afirmaciones precedentemente expuestas se viene a considerar la solicitud de extinción
- CONSIDERANDO: Que la consideración de la extinción de la acción penal, por su naturaleza jurídica,
- CONSIDERANDO: Si bien es cierto que el presente proceso en su tramitación ha excedido el
- Enviado el proceso para el trámite del plenario, los procesados Jhonny Rolón Quiroga Vega y
- Corresponde también señalar que el 27 de septiembre de 2002, el encausado Jhonny Rolón Quiroga
- Bajo estos antecedentes, se puede evidenciar, que pese a haberse demostrado la participación del procesado
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 1/2.008
