Auto Supremo AS/0185/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2008

Fecha: 17-Abr-2008

Con estos argumentos, impetra que el supremo tribunal, case el auto de vista recurrido y


Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 184-186, planteado por la representante legal de la entidad demandada, quien acusa en síntesis que el auto de vista incurre en error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba, así como interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, sin precisar la norma vulnerada ni fundamentar la infracción en relación a los datos del proceso, limitándose a transcribir partes textuales del decisorio del tribunal de apelación, comentando su contenido; luego, alega como vulnerado el art. 4 inc. b) del D.R. de la L.G.T., insistiendo en el hecho de que el actor no fue trabajador permanente o efectivo y que su relación laboral fue discontinua, por lo que no le correspondería el pago de beneficios sociales, al ser un trabajador eventual y destajista sólo en tiempo de Zafra de la ex IAB, como hace constar el certificado de fs. 80 vta.

Con estos argumentos, impetra que el supremo tribunal, case el auto de vista recurrido y se declare improbada la demanda social en todas sus partes