Auto Supremo AS/0225/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2008

Fecha: 05-May-2008

Que, contra el auto de vista, el representante de COSSMIL, interpone recurso de casación en


Que, contra el auto de vista, el representante de COSSMIL, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 80-81), alegando que el Tribunal de alzada no dio correcta aplicación al art. 16 inc. e) de la L.G.T., porque se encuentra demostrado en autos que el actor ha incurrido en incumplimiento total del contrato de trabajo, conforme consta por la prueba literal presentada en calidad de descargo, no siendo necesario el proceso administrativo interno para acreditar la inconducta del trabajador y que no se le estaría vulnerando el derecho a la defensa; consiguientemente, aduce que el despido es legal y no corresponde el pago de los beneficios sociales demandados