Auto Supremo AS/0225/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2008

Fecha: 05-May-2008

Regístrese, notifíquese y devuélvase


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 84, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 80-81.

Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990.

Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García.

Regístrese, notifíquese y devuélvase