Auto Supremo AS/0230/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2008

Fecha: 05-May-2008

En consecuencia, el tribunal de alzada ha obrado sin incurrir en las violaciones acusadas en


Que, en ese marco legal, se concluye que lo dispuesto en el auto de vista, se ajusta a las normas legales en vigencia y no se observa violación de norma legal alguna; al contrario, hubo correcta valoración y apreciación de la prueba adjuntada al proceso, como indudable interpretación y aplicación de las normas legales citadas.

En consecuencia, el tribunal de alzada ha obrado sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso, correspondiendo aplicar los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil