Auto Supremo AS/0272/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2008

Fecha: 21-May-2008

Finalmente, corresponde precisar que el auto de vista ha sido pronunciado observando a cabalidad la


Finalmente, corresponde precisar que el auto de vista ha sido pronunciado observando a cabalidad la pertinencia exigida por el art. 236 del Cód. Pdto. Civ., porque resolvió adecuadamente los agravios expresados en el recurso de apelación de fs. 89-90, aplicando correctamente las disposiciones legales sustantivas y adjetivas que rigen la materia y los principios establecidos en el Derecho Laboral, debiendo resolverse el recurso en la forma prevista por los arts. 271 inc. 2º) y 273 del Cód. Pdto. Civ., por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab