Que, el Tribunal Distrital de Primera Instancia de Estocolmo, pronunció Resolución decretando: "Hasta que la
Que los hechos en los que el padre de la menor Alejandra Cecilia Lazcano funda su petición de patria potestad, son corroborados por la Asistente Social de la Administración de Asuntos Sociales de la Comunidad de Jarfalla, cuando en la carta remitida a la demandada y madre de la menor Rommy Karina Rojas Lazcano el 14 de agosto de 2007, comunica que el Tribunal Provincial Administrativo resolvió que sus hijos Damián, Cean y Alejandra debían ser puestos bajo custodia temporal según la Ley sobre Protección de los Jóvenes, significando que los niños ya no podían seguir viviendo con la madre, recordándole la posibilidad de la que ya habían conversando con anterioridad en sentido de que la menor Alejandra Cecilia podría vivir con su padre (fojas 27).
Que, el Tribunal Distrital de Primera Instancia de Estocolmo, pronunció Resolución decretando: "Hasta que la cuestión se dirima por medio de un fallo o una resolución que adquiera fuerza legal o que los padres hayan llegado a un acuerdo aprobado por el Comité Social , Claes Gussing tendrá la patria potestad de Alejandra Cecilia Lazcano" (fojas 29)
- PARTES: Remitido por la Honorable Embajada del Reino de Suecia Caratulado como "Alejandra Lazcano"
- FECHA: 4 de junio de 2008
- CONSIDERANDO: Que el presente trámite tiene por origen la solicitud de fojas 37, en la
- Al efecto se adjunta la documentación de fojas 1 a 36, evidenciándose de la traducción
- Que, el Tribunal Distrital de Primera Instancia de Estocolmo, pronunció Resolución decretando: "Hasta que la
- CONSIDERANDO: Que, por providencia de fojas 46, este Tribunal dispuso que el Ministerio de Relaciones
- Que, no obstante de lo anotado precedentemente, tomando en cuenta las circunstancias que llevaron al
- Dentro de este marco, se encuentra regulada la obligación que el Estado Boliviano tiene para
- Que, en autos se reclama la restitución internacional de una menor, que a juicio del
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Corresponde al Juez comisionado, conducir el procedimiento de restitución encomendado, dando oportuna intervención a las
- Asimismo, el juez informará a este tribunal sobre el estado de atención de la solicitud,
- Por Secretaría de Cámara de la Sala Plena, remítase los antecedentes de la solicitud y
- No interviene la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco por encontrarse con licencia
- Regístrese
- Firmado:Sofía L. Fiengo Sotés
