2) Con referencia al recurso de casación de fs
2) Con referencia al recurso de casación de fs. 327-330 planteado por la Gerente de la Contraloría Departamental de Oruro, si bien denuncia interpretación subjetiva del art. 22 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal (L.P.C.F.), concordante con el art. 227 del Cód. Pdto. Civil; sin embargo, no precisa en forma clara y concreta, en qué consiste dicha infracción, en su caso la aplicación indebida o errónea interpretación de las normas citadas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la
- En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó los recursos de casación, conforme se sintetiza
- 2)
- 3)
- De igual manera, Jaime Zambrana Mercado por la Empresa Técnica Constructora y de Servicios "Olmedo",
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, analizando por separado, se concluye lo siguiente
- En consecuencia, este recurso es insuficiente, situación que hace inviable su consideración, porque impide a
- 2) Con referencia al recurso de casación de fs
- Al respecto, revisando el auto de vista recurrido, se puede establecer que el tribunal de
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
