Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna, interpretación ni aplicación errónea de las normas legales citadas, consiguientemente, corresponde resolver en la forma prevista en los arts. 272 y 273 del Cód. Pdto. Civ., aplicables por permisión recursiva de los arts. 1º y 24 de La Ley del Procedimiento Coactivo Fiscal
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la
- En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó los recursos de casación, conforme se sintetiza
- 2)
- 3)
- De igual manera, Jaime Zambrana Mercado por la Empresa Técnica Constructora y de Servicios "Olmedo",
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, analizando por separado, se concluye lo siguiente
- En consecuencia, este recurso es insuficiente, situación que hace inviable su consideración, porque impide a
- 2) Con referencia al recurso de casación de fs
- Al respecto, revisando el auto de vista recurrido, se puede establecer que el tribunal de
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
