Auto Supremo AS/0180/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2008

Fecha: 06-Jun-2008

CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, analizando por separado, se concluye lo siguiente


CONSIDERANDO II: Que, así planteados los recursos, analizando por separado, se concluye lo siguiente:

1) En principio, respecto al recurso de casación de fs. 321-324, interpuesto por el Municipio de Oruro, se colige que no cumple a cabalidad con la adecuada técnica jurídica para su interposición, porque conforme establece la jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, que debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civil, además debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa; aspectos formales que fueron incumplidos