2) No obstante lo expuesto, se pasa a considerar el recurso de casación a objeto
2) No obstante lo expuesto, se pasa a considerar el recurso de casación a objeto de resolver la causa; en este entendido se concluye que analizados los antecedentes del proceso, se puede establecer que no es evidente lo afirmado por el coactivado en su recurso, respecto al hecho de no haberse cumplido con el debido proceso, al contrario, el recurrente no ha desvirtuado en la tramitación del proceso los cargos que pesan en su contra, porque teniendo que presentar los descargos a su favor no ha cumplido, omisión que al presente pretende justificar en su recurso, alegando que no se declaró la rebeldía del otro coactivado ni se designó defensor de oficio, vale decir se concreta a reclamar (recién en esta instancia), por el otro coactivado sin tener personería ni mandato expreso, en todo caso correspondía al co-demandado apersonarse al proceso en tiempo oportuno y asumir defensa
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, el Juez 4to
- En grado de apelación, a instancia del coactivado Bernardo Baptista Gumucio (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad de fs
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, se concluye lo siguiente
- En efecto, el recurrente plantea como "recurso de casación o nulidad", es decir, de manera
- En definitiva, si bien el recurrente citó algunas disposiciones legales, empero no ha demostrado en
- 2) No obstante lo expuesto, se pasa a considerar el recurso de casación a objeto
- Sobre el particular, a mayor abundamiento se aclara que en esta materia especializada, no procede
- Que en este marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, por cuanto como
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
