Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad de fs. 428-429, planteado por el nombrado coactivado, quien tanto para la casación en el fondo como para la casación en la forma, manifiesta que el tribunal de casación en cumplimiento del art. 15 de la L.O.J., advirtiendo los vicios de nulidad con que se tramitó el proceso coactivo fiscal, considere que los jueces de grado no han observado las leyes que norman la tramitación y conclusión de juicio, ya que -según el recurrente- cometieron errores al no haber cumplido con el debido proceso, por no declarar rebelde al señor Juan Gamarra Vaca ni se designó defensor de oficio, a este efecto cita algunas disposiciones legales y sentencias constitucionales, para concluir que el tribunal de alzada tampoco cumplió lo previsto en los incisos I y IV del art. 124 del Cód. Pdto. Civ. Con estos argumentos impetra se case el auto de vista, sin exponer empero un petitorio claro y concreto
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, el Juez 4to
- En grado de apelación, a instancia del coactivado Bernardo Baptista Gumucio (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad de fs
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, se concluye lo siguiente
- En efecto, el recurrente plantea como "recurso de casación o nulidad", es decir, de manera
- En definitiva, si bien el recurrente citó algunas disposiciones legales, empero no ha demostrado en
- 2) No obstante lo expuesto, se pasa a considerar el recurso de casación a objeto
- Sobre el particular, a mayor abundamiento se aclara que en esta materia especializada, no procede
- Que en este marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, por cuanto como
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
