Auto Supremo AS/0215/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2008

Fecha: 18-Jun-2008

En efecto, el recurrente plantea como "recurso de casación o nulidad", es decir, de manera


En efecto, el recurrente plantea como "recurso de casación o nulidad", es decir, de manera conjunta casación en el fondo y en la forma, en base a los mismos argumentos, siendo por tanto confuso y carente de fundamentación, porque conforme estableció la doctrina y la jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, demostrando la violación de leyes sustantivas en la decisión de la causa, debiendo estar debidamente identificadas, en cualesquiera de las causales señaladas en el art. 253 del Pdto. Civil; mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas también para cada caso en concreto, en el art. 254 de la citada norma, lo que no ocurre en el caso de análisis