Deducida la apelación por los procesados Samuel Espinoza Ortega y Jenny Bañón Chávez, así como
Deducida la apelación por los procesados Samuel Espinoza Ortega y Jenny Bañón Chávez, así como por el Ministerio Público, mediante Auto de Vista Nº 124 de 11 de septiembre de 2003 de fs. 416 a 418, se confirma la sentencia apelada. Contra esta resolución superior y al no estar conforme con el fallo de segunda instancia recurre de casación sólo el encausado Samuel Espinoza Ortega
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Tercero de Partido en lo Penal de Sustancias Controladas de la
- Deducida la apelación por los procesados Samuel Espinoza Ortega y Jenny Bañón Chávez, así como
- CONSIDERANDO: Que, el procesado Samuel Espinoza Ortega en su recurso de casación de fs
- Con estos argumentos, pide al máximo tribunal casar el auto de vista recurrido y se
- Que, en la especie, los órganos jurisdiccionales, con aquella potestad y haciendo uso del elemento
- Que, de lo expuesto, se desprende no ser ciertas las infracciones acusadas en el recurso
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- RELATOR MINISTRO: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
