CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda contenciosa tributaria, el Juez Primero en materia Administrativa, Coactiva
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: TRANSREDES S.A. c/ GRACO - S.I.N. Santa Cruz
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 1007-1017, interpuesto por Ernesto Blanco Olivo, en representación de la Empresa TRANSREDES S.A.-Transporte de Hidrocarburos Sociedad Anónima, contra el Auto de Vista Nº 0253 de 9 de junio de 2006 (fs. 982-985), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso contencioso tributario seguido por la Empresa recurrente contra la Gerencia Distrital de GRACO-Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales, la respuesta de fs. 1020-1022, el auto que concede el recurso de fs. 1023, el dictamen fiscal de fs. 1033-1034, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda contenciosa tributaria, el Juez Primero en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de Santa Cruz emitió la sentencia Nº 01, de 19 de enero de 2006, cursante a fs. 890-893, declarando improbada la demanda de fs. 47-58, su ampliación y modificación y la prescripción impositiva planteada por TRANSREDES-Transporte de Hidrocarburos S.A.; por consiguiente firme y subsistente la Resolución Determinativa Nº 34/2003 GRACO de 24 de octubre de 2003, con la modificación de la sanción impuesta al contribuyente, por la comisión del delito de defraudación tributaria en el 100% del tributo omitido y actualizado al momento del pago total de la obligación tributaria
- AUTO SUPREMO Nº 304 - Contencioso Tributario Sucre, 25 de julio de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda contenciosa tributaria, el Juez Primero en materia Administrativa, Coactiva
- En grado de apelación deducida por la Empresa TRANSREDES-Transporte de Hidrocarburos S
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- a) En el fondo se acusa la interpretación errónea de los arts
- b) En al forma se acusa la violación de los arts
- Concluye solicitando que la Excma
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, con base a los
- Asimismo, en lo que hace a la denuncia de vulneración del art
- II
- Que, en lo que hace a la conducta tributaria, es menester precisar que por disposición
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme establecen los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
