CONSIDERANDO: Que, la Jueza 3o de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
DISTRITO: La Paz PROCESO: Medida precautoria.
PARTES: Municipio de Mecapaca c/ Delia Goitia de Arteaga y otro
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 107, interpuesto por Ismael Alvarez Avendaño en representación del Municipio de Mecapaca, contra el auto de vista N° 011/2006 de fecha 13 de enero de 2006, pronunciado a fs. 105 por la Sala Civil Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro de la medida precautoria de anotación preventiva, seguida por el Municipio recurrente contra Delia Goitia de Arteaga y Roberto Garrón, los antecedentes procesales y,
CONSIDERANDO: Que, la Jueza 3o de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, a fs. 85 pronunció la Resolución N° 113 de fecha 5 de abril de 2005, rechazando el incidente de nulidad de obrados opuesto a fs. 77 por Ismael Alvarez Avendaño como mandatario del Gobierno Municipal de Mecapaca, con costas y multa de ley. Resolución de instancia que apelada, fue resuelta por Auto de Vista N° 011/2006 de fs. 105, mediante el cual anula el auto de concesión de alzada de fs. 92 vlta., en consecuencia mantiene firme y subsistente la Resolución N° 113/2005, cursante a fs. 85, con la modificación que es sin costas ni multa al Municipio de Mecapaca por ser una institución estatal
- AUTO SUPREMO N ° 169 Sucre, 13 de agosto de 2008
- CONSIDERANDO: Que, la Jueza 3o de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- Contra el referido auto de vista, Ismael Alvarez Avendaño interpone recurso de casación en el
- En el fondo acusa que el auto de vista contiene disposiciones contradictorias, sostiene que el
- El recurso de casación en la forma señala que, el tribunal ad quem ha interpretado
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso de casación interpuesto,
- Que, el art
- En el caso que nos ocupa, la Jueza 3o de Partido en lo Civil y
- A ello debe agregarse el hecho que los antecedentes procesales que informan el caso de
- Por lo expuesto, corresponde la aplicación de lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 13 de agosto de 2008
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
