Que, el art
Que, el art. 26 de la Ley N° 1760 de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar, ha incorporado un nuevo numeral al art. 262 del Código de Procedimiento Civil, que faculta al tribunal de apelación negar la concesión del recurso de casación: "cuando el recurso no se encuentra previsto en los casos señalados por el articulo 255"
- AUTO SUPREMO N ° 169 Sucre, 13 de agosto de 2008
- CONSIDERANDO: Que, la Jueza 3o de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- Contra el referido auto de vista, Ismael Alvarez Avendaño interpone recurso de casación en el
- En el fondo acusa que el auto de vista contiene disposiciones contradictorias, sostiene que el
- El recurso de casación en la forma señala que, el tribunal ad quem ha interpretado
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso de casación interpuesto,
- Que, el art
- En el caso que nos ocupa, la Jueza 3o de Partido en lo Civil y
- A ello debe agregarse el hecho que los antecedentes procesales que informan el caso de
- Por lo expuesto, corresponde la aplicación de lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 13 de agosto de 2008
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
