Auto Supremo AS/0322/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0322/2008

Fecha: 12-Ago-2008

Concluye solicitando en el marco de los arts


Concluye solicitando en el marco de los arts. 250, 253 inc. 1º) y 254 del Cód. Pdto. Civ., la casación en la forma -dice en el punto- y luego se case en el fondo, dando por cancelados los siete meses de sueldo reconocidos así como el desahucio inexistente por reconocimiento expreso del trabajador