Auto Supremo AS/0190/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2008

Fecha: 01-Sep-2008

CONSIDERANDO: Que, la Jueza Primero de Partido en Materia Civil y Comercial de la ciudad

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N °190 Sucre, 1 de septiembre de 2008.

DISTRITO: La Paz PROCESO: Ordinario- Daños y perjuicios.

PARTES: Bisa Seguros y Reaseguros S.A. c/ Empresa Nacional de

Telecomunicaciones S.A. (ENTEL S.A.)

MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 149-150, interpuesto por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (ENTEL S.A.), representada por Martha Cristina Vilar de Mendoza contra del auto de vista de fs. 143, pronunciado el 5 de agosto de 2005 por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario sobre daños y perjuicios seguido por Bisa Seguros y Reaseguros S.A. contra la empresa recurrente, los antecedentes procesalesy,

CONSIDERANDO: Que, la Jueza Primero de Partido en Materia Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, dictó la Resolución N° 537 de fecha 28 de octubre de 2004, fs. 130 de obrados, declarando la perención de instancia de la demanda interpuesta por Bisa Seguros y Reaseguros S.A. contra la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., disponiendo el archivo del proceso. Resolución de instancia que en apelación es revocada por auto de vista N° D-335/2005 de 5 de agosto de 2005, cursante a fs. 130