Contra dicha resolución de vista, la Empresa demandada ENTEL S
Contra dicha resolución de vista, la Empresa demandada ENTEL S.A. interpone recurso de casación, acusando la aplicación indebida e interpretación errónea del art. 309 del Código de Procedimiento Civil, porque el tribunal ad quem al establecer que el decreto de "informe" pronunciado por la jueza de primera instancia dio lugar a que, con la solicitud de certificado, se interrumpa la perención, ha incurrido en error de derecho, al interpretar la norma, rechazando la perención, no obstante que de su propio razonamiento se desprende que el plazo perentorio de seis meses operó de forma continuada, y fue cumplido con anterioridad a la supuesta interrupción del actor
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- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído : Sucre, 1 de septiembre de 2008
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
