Auto Supremo AS/0190/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2008

Fecha: 01-Sep-2008

Contra dicha resolución de vista, la Empresa demandada ENTEL S


Contra dicha resolución de vista, la Empresa demandada ENTEL S.A. interpone recurso de casación, acusando la aplicación indebida e interpretación errónea del art. 309 del Código de Procedimiento Civil, porque el tribunal ad quem al establecer que el decreto de "informe" pronunciado por la jueza de primera instancia dio lugar a que, con la solicitud de certificado, se interrumpa la perención, ha incurrido en error de derecho, al interpretar la norma, rechazando la perención, no obstante que de su propio razonamiento se desprende que el plazo perentorio de seis meses operó de forma continuada, y fue cumplido con anterioridad a la supuesta interrupción del actor