CONSIDERANDO: Que, la imputada Maria José Bazoalto López en su recurso de casación de fs
CONSIDERANDO: Que, la imputada Maria José Bazoalto López en su recurso de casación de fs. 478 a 480, menciona que existe inobservancia o quebrantamiento de las formas procesales y violación a la ley sustantiva, primero, señala que en el hecho suscitado su participación fue mínima y forzada, como se ve de las declaraciones de los otros imputados, que existió extorsión y fue instigada a la complicidad, y segundo, manifiesta que su participación se centró a tocar el timbre de la casa y preguntar por la dueña, además de vigilar
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Primero de Partido en lo Penal de la ciudad de Cochabamba,
- Deducida la apelación por los procesados Maria José Bazoalto López, Eliana Balderrama Paniagua, Ronald Kris
- CONSIDERANDO: Que, la imputada Maria José Bazoalto López en su recurso de casación de fs
- Que, la recurrente, bajo el título de causales de casación y citando el art
- Con estos fundamentos, pide al máximo tribunal casar el auto de vista recurrido y anular
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados se tiene que la valoración de la prueba
- Que, por lo expuesto anteriormente, en cuanto a la procesada Maria José Bazoalto López, se
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR MINISTRO: Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
