Que, la recurrente, bajo el título de causales de casación y citando el art
Que, la recurrente, bajo el título de causales de casación y citando el art. 298, acusa: infracción directa, refiriendo el art. 332 del Código Penal y señalando que en el presente caso no concurren los elementos constitutivos del robo agravado; aplicación indebida, indicando que existe violación de leyes pues fueron aplicadas a hechos no regulados por estas, ya que no existen las características que identifican al robo; interpretación errónea, apuntando el art. 189 del Código de Procedimiento Penal sobre su edad, influencias externas y convencimiento a los cuales están sometidos los procesados; e infracción a la ley sustantiva, mencionando en especial a la calificación de los hechos y reiterando que fue víctima de las circunstancias relativas a su edad e influencia de sus amigos
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- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
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- RELATOR MINISTRO: Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
