Auto Supremo AS/0318/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2008

Fecha: 01-Sep-2008

Ante la revocatoria aludida, la Gerente General a


Ante la revocatoria aludida, la Gerente General a.i. de la Caja Nacional de Salud, formuló recurso de casación alegando que siete días antes de la intervención quirúrgica a la que fue sometida la asegurada para transplante de riñón, no existía trámite alguno para que la Comisión Nacional de Prestaciones se reúna y determine lo que corresponda, en consecuencia, alega que no existe autorización para la compra de servicios médicos, que implica que la paciente no observó el conducto regular pertinente para las transferencias, incumpliendo los requisitos establecidos en la Ley Nº 1716 y su D. S. Reglamentario Nº 24771 de 21 de junio de 1997, sobre la donación y transplante de órganos, células y tejidos