Apelada la sentencia por la parte demandada, con la adhesión del actor, la Sala Social
Apelada la sentencia por la parte demandada, con la adhesión del actor, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Chuquisaca emitió el auto de vista de Nº 394/2004 de 27 de septiembre de 2004, cursante a fs. 105-106, confirmando parcialmente la sentencia Nº 129/04 de 1º de julio de 2004, cursante a fs. 85-86, sin costas; con la modificación numérica de Bs. 4.746.-, por concepto de aguinaldo doble y vacaciones por dos gestiones; monto que será cancelado dentro del tercer día de ejecutoriado el fallo
- AUTO SUPREMO Nº 377 - Social Sucre, 01 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la parte demandada, con la adhesión del actor, la Sala Social
- Que, contra el referido auto de vista, la entidad demandada, a través de su representante,
- Concluye solicitando la casación del auto de vista recurrido y revocar la sentencia Nº 129/04
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el fundamento del recurso, corresponde su análisis y consideración en
- Bajo este lineamiento Constitucional se advierte que todos los derechos consolidados como los sueldos, las
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- Por lo relacionado precedentemente, queda claro que los jueces de instancia han obrado dentro del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
