Auto Supremo AS/0377/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2008

Fecha: 01-Sep-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 117-118, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 110-111 de obrados; sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990