Auto Supremo AS/0006/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2009

Fecha: 16-Ene-2009

CONSIDERANDO: Que, las solicitudes de extinción de la acción penal formuladas por Emilio Pozo Zurita,


CONSIDERANDO: Que, las solicitudes de extinción de la acción penal formuladas por Emilio Pozo Zurita, Bernabé Pozo Zurita, René Rolando Cáceres Hinojosa y José Serrudo Menacho respectivamente, todas con iguales fundamentos y pretensiones, se amparan en la Sentencia Constitucional 0101/2004, de 14 de septiembre; que declaró inconstitucional la Ley Nº 2683 de 12 de mayo de 2004, arguyendo que las dilaciones en el proceso no son atribuibles a sus personas y que en conformidad con la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal se declare extinguida la acción penal y se ordene el archivo de obrados, sin especificación en términos objetivos y verificables de los orígenes o motivos que provocaron las dilaciones del proceso, menos si estas dilaciones o faltas de diligencia son atribuibles a los órganos administrativos o jurisdiccionales