A tales deficiencias se agrega la "manifestación de agravios" que a juicio del recurrente es
A tales deficiencias se agrega la "manifestación de agravios" que a juicio del recurrente es imprescindible para la procedencia de su recurso, aludiendo la falta de motivación y fundamentación del auto de vista, falta de valoración de las pruebas, estado de indefensión, aplicación injusta del derecho, el despido intempestivo, para concluir solicitando confusamente que la Corte Suprema de Justicia de la Nación case el auto de vista o alternativamente resuelva en la forma y anulen obrados hasta el vicio más antiguo de acuerdo al art. 275 del adjetivo civil
- AUTO SUPREMO Nº 011 - Social Sucre, 14 de enero de 2009
- CONSIDERANDO I: Que, dando cumplimiento al Auto Supremo Nº 084 de 5 de abril de
- En grado de apelación, deducida por la parte actora, la Sala Social y Administrativa de
- Que, contra el referido auto de vista, el demandante interpone recurso de casación y/o nulidad
- A tales deficiencias se agrega la "manifestación de agravios" que a juicio del recurrente es
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, en la especie si bien la parte actora dice plantear el recurso de casación
- Finalmente, tampoco es posible considerar como fundamento de fondo la vulneración de los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se aclara que en ejecución de autos corresponderá la aplicación del D
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
