Auto Supremo AS/0011/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2009

Fecha: 14-Ene-2009

Finalmente, tampoco es posible considerar como fundamento de fondo la vulneración de los arts


Finalmente, tampoco es posible considerar como fundamento de fondo la vulneración de los arts. 192 y 236 del Cód. Pdto. Civ., por cuanto su infracción constituyen causales de casación en la forma, confusión que es inaceptable por este Máximo Tribunal, por lo que debe resolverse el recurso conforme a las previsiones legales contenidas en los arts. 271 inc. 1º) y 272 del mencionado procedimiento civil, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab