CONSIDERANDO I: Que, dando cumplimiento al Auto Supremo Nº 084 de 5 de abril de
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Jorge Gil Suárez c/ Empresa GALAVISION S.R.L. Canal 4
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VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad en la forma y en el fondo de fs. 248-252, interpuesto por Jorge Gil Suárez, contra el auto de vista Nº 127 de 20 de marzo de 2008 (fs. 244-245) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro el proceso social de reliquidación de beneficios sociales que sigue el recurrente contra la Empresa Galavisión S.R.L. Canal 4; el auto que concede el recurso de fs. 254, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Que, dando cumplimiento al Auto Supremo Nº 084 de 5 de abril de 2005 (fs. 198-199), la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 52 de 13 de octubre de 2007 de fs. 216-218, declarando probada en parte la demanda de reliquidación, con costas, e improbada en lo que respecta a la reliquidación de los quinquenios por haber sido cobrados en gestiones anteriores, asimismo probada la excepción perentoria de pago documentado en cuanto dichas liquidaciones y a la liquidación del bono de antigüedad por los quinquenios cobrados por haber prescrito el derecho para su reclamo, declarándose en consecuencia probada la excepción de prescripción; disponiéndose el pago de Bs. 53.917,51 por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacaciones, bono de antigüedad por la gestión 1999-2000; suma que deberá actualizarse y reajustarse con base al D.S. Nº 28699 de 1º de mayo de 2006
- AUTO SUPREMO Nº 011 - Social Sucre, 14 de enero de 2009
- CONSIDERANDO I: Que, dando cumplimiento al Auto Supremo Nº 084 de 5 de abril de
- En grado de apelación, deducida por la parte actora, la Sala Social y Administrativa de
- Que, contra el referido auto de vista, el demandante interpone recurso de casación y/o nulidad
- A tales deficiencias se agrega la "manifestación de agravios" que a juicio del recurrente es
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, en la especie si bien la parte actora dice plantear el recurso de casación
- Finalmente, tampoco es posible considerar como fundamento de fondo la vulneración de los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se aclara que en ejecución de autos corresponderá la aplicación del D
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
