Auto Supremo AS/0246/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2009

Fecha: 14-Oct-2009

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3. Por otro lado, los coactivados recurrentes acusan la incorrecta valoración de la prueba literal presentada en el proceso, empero, omiten acreditar con hechos o actos auténticos, que cursen en obrados, si los juzgadores de instancia incurrieron en error de hecho o de derecho en la apreciación y valoración de dicha prueba, impidiendo de este modo que este Tribunal analice la misma, pues debe considerarse que su valoración y compulsa es atribución privativa de los juzgadores de instancia, por tanto, incensurable en casación, a menos que se demuestre la existencia de tales errores