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5.- Francisco Javier Santiago Arana Bustillos planteó contra ese Auto Supremo el 2 de septiembre de 2005 (fojas 10220 a 10228), ante la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, una demanda de amparo constitucional, respecto a la cual, en fase de revisión, el Tribunal Constitucional, mediante Sentencia 1002/2006-R de 9 de octubre de 2006 (fojas 10361 a 10367), sosteniendo haberse comprobado que antes de que se emita ese Auto Supremo se produjo sin fundamentación suficiente una denegatoria de la solicitud que hizo el demandante en sentido de que se proceda a la extinción de la acción penal respectiva por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, revocó la resolución de rechazo al petitorio de extinción y anuló el mencionado Auto Supremo de 18 de agosto de 2005
- Partes: FANCESA c/ Francisco Javier Santiago Arana Bustillos, Rodolfo Villarreal Silva y otros
- Delito: Asociación delictuosa, estafa, uso de instrumento falsificado y otros
- VISTOS::la propuesta del Ministro doctor Teófilo Tarquino Mújica de la Sala Penal Primera, quien de
- CONSIDERANDO: que existiendo al respecto un proyecto de resolución en el fondo sobre esos recursos,
- Que no es viable tal criterio, pues tales pretensiones quedaron en los hechos atendidos cuando
- Que el conocer y resolver en el momento actual el petitorio mencionado en el proyecto
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- CONSIDERANDO: que se debe pasar directamente a la resolución de fondo, no solamente por los
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
