Que no es viable tal criterio, pues tales pretensiones quedaron en los hechos atendidos cuando
Que no es viable tal criterio, pues tales pretensiones quedaron en los hechos atendidos cuando se resolvió el petitorio de prescripción presentado por Francisco Javier Santiago Arana Bustillos, quien fue uno de los que planteó las mencionadas solicitudes
- Partes: FANCESA c/ Francisco Javier Santiago Arana Bustillos, Rodolfo Villarreal Silva y otros
- Delito: Asociación delictuosa, estafa, uso de instrumento falsificado y otros
- VISTOS::la propuesta del Ministro doctor Teófilo Tarquino Mújica de la Sala Penal Primera, quien de
- CONSIDERANDO: que existiendo al respecto un proyecto de resolución en el fondo sobre esos recursos,
- Que no es viable tal criterio, pues tales pretensiones quedaron en los hechos atendidos cuando
- Que el conocer y resolver en el momento actual el petitorio mencionado en el proyecto
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- CONSIDERANDO: que se debe pasar directamente a la resolución de fondo, no solamente por los
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
