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2.- Que el Auto de Vista, en su segundo considerando señala, que constituye agravante el transportar sustancias controladas en volúmenes mayores por lo que se lo condena a sufrir una pena mayor a la impuesta por el tribunal de primera instancia, dando como referencia otro proceso similar conocido como la (Narco Chola) donde se hubiere impuesto una pena de 10 años por hechos similares pero la cantidad de la droga que supera en mas de la mitad al presente
- CONSIDERANDO: Que, de fojas 170 a 172 vlta
- Que, el imputado y el Representante del Ministerio Público, recurren en apelación; la Sala Penal
- CONSIDERANDO: Que, impugnando el Auto de Vista el recurrente fundamenta su recurso de casación con
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- CONSIDERANDO: Que, en el recurso de casación corresponde en el marco legal analizar los fundamentos
- CONSIDERANDO: Que, con respecto al fundamento expresado por el recurrente sobre que la valoración de
- Que, en lo que refiere al hecho de que a otra persona (Narco chola) se
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación establece como requisito, que contenga el fundamento jurídico, especificando
- En sujeción al cumplimiento de requisitos exigidos para declarar procedente el recurso de casación se
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
