POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aplicando el art. 307 numeral 1) con relación al 301 del Código de Procedimiento Penal, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Remberto López Alba con costas a calificarse en ejecución de sentencia
- CONSIDERANDO: Que, de fojas 170 a 172 vlta
- Que, el imputado y el Representante del Ministerio Público, recurren en apelación; la Sala Penal
- CONSIDERANDO: Que, impugnando el Auto de Vista el recurrente fundamenta su recurso de casación con
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- CONSIDERANDO: Que, en el recurso de casación corresponde en el marco legal analizar los fundamentos
- CONSIDERANDO: Que, con respecto al fundamento expresado por el recurrente sobre que la valoración de
- Que, en lo que refiere al hecho de que a otra persona (Narco chola) se
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación establece como requisito, que contenga el fundamento jurídico, especificando
- En sujeción al cumplimiento de requisitos exigidos para declarar procedente el recurso de casación se
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
