Auto Supremo AS/0447/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2009

Fecha: 09-Nov-2009

Debiendo ponderarse igualmente el perjuicio producido a las victimas en el delito de narcotráfico, resultando


Debiendo ponderarse igualmente el perjuicio producido a las victimas en el delito de narcotráfico, resultando irrelevante el tiempo transcurrido para la ponderación del daño causado, todos estos aspectos antes descritos como la dilación causada por los procesados, la complejidad del proceso, la gravedad del delito, no son reconocidos por la jurisprudencia constitucional, la normativa legal vigente y menos por los Convenios y Pactos Internacionales como medios de defensa, y no pueden de ninguna manera ser fundamento para la extinción de la acción penal; pues son actos netamente dilatorios que evidencian la obstaculización a la acción de la justicia. Por lo que todos estos aspectos analizados impiden en el caso sub-lite declarar la extinción de la acción penal a favor de los procesados