Firmado
Firmado:
Ministro Teófilo Tarquino Mújica
Ministro Ángel Irusta Pérez
Ante mí: Abog. Sandra Mendívil Bejarano
- Delito: Transporte de Sustancias Controladas
- CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que
- Que la Sentencia Constitucional Nº 1042/05 de 5 de septiembre de 2005, establece en los
- A su vez la Sentencia Constitucional Nº 1365/05 de 31 de octubre de 2005, determinó
- CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal, es de previo y especial pronunciamiento, empero
- CONSIDERANDO: Que, se debe considerar que todo delito grave es un hecho complejo; lo que
- Que, si bien la extinción de la acción penal tiene la virtud de hacer desaparecer
- Debiendo ponderarse igualmente el perjuicio producido a las victimas en el delito de narcotráfico, resultando
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Ministro Disidente: José Luis Baptista Morales
- Firmado
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 28 de agosto de 2003 (fojas 260 a
- CONSIDERANDO: que el proceso de referencia se inició el 16 de abril de 2001 (fojas
- Que el mencionado recurso radicó en la entonces Sala Penal única de esta Corte Suprema
- Que debido al hecho de no existir señal alguna que permita sostener que la demora
- Que el tema de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
