Auto Supremo AS/0550/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0550/2009

Fecha: 12-Nov-2009

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo en parte con el requerimiento fiscal de fs. 375, de oficio, declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL instaurada por Luís Espinoza Mamani contra Juan Mario Apaza Chura y Edson Ochoa Zubieta, por los delitos de violación y contagio venéreo, previstos por los arts. 308 y 277 del Código Penal, debiendo proseguir con el trámite de la causa hasta su culminación