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CONSIDERANDO: Que, el Auto de Vista mencionado, originó que los procesados a través de la defensora de oficio interpusieran el recurso de casación de (fojas 298 a 299 amparándose en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, invocando el desconocimiento de la Sentencia Constitucional 0101/2004, pidiendo se declare probada la extinción de la acción penal, la cancelación total de las medidas cautelares, la libertad inmediata de los detenidos y archivo de obrados con la respectiva imposición de costas al querellante por no haber agilizado el proceso conforme a ley
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- Libro Tomas de Razón 3/2009
