CONSIDERANDO: Que, del análisis del contenido del recurso, se advierte el incumplimiento de los requisitos
CONSIDERANDO: Que, del análisis del contenido del recurso, se advierte el incumplimiento de los requisitos descritos en el art. 301 del Código de Procedimiento Penal de 1972, de donde resulta que el recurso interpuesto carece de cita de leyes tanto procesales como sustantivas cuya inobservancia se impugne o cuya violación se acuse, tampoco indica en que consiste el quebrantamiento de estas o la violación de las segundas, dicho incumplimiento hace que este se enmarque en lo indicado en el num. 1) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, máxime si se considera que la naturaleza jurídica del recurso de casación, radica en una demanda nueva de puro derecho, en el que no se pueden realizar consideraciones de los hechos; además al interponer el mismo, se debe especificar los motivos que por los cuales se hace uso del recurso, las infracciones legales 7 la forma en que debería ser aplicadas las normas legales supuestamente infringidas, en esa misma línea, se ha pronunciado el Auto Supremo N° 199906-Sala Penal-1-105 de 08 de junio de 1999
- CONSIDERANDO: Que, de fs
- Que, los Imputados mediante su abogado defensor de oficio, recurren en apelación, resultando de ello
- CONSIDERANDO: Que, impugnando el Auto de Vista el recurrente fundamenta su recurso de casación con
- 2
- 3
- CONSIDERANDO: Que, del análisis del contenido del recurso, se advierte el incumplimiento de los requisitos
- De lo anotado precedentemente, se tiene que, el recurso interpuesto no cumple con lo establecido
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
