Auto Supremo AS/0575/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2009

Fecha: 26-Nov-2009

CONSIDERANDO: Que, impugnando el Auto de Vista el recurrente fundamenta su recurso de casación con


CONSIDERANDO: Que, impugnando el Auto de Vista el recurrente fundamenta su recurso de casación con los siguientes argumentos:

1.- Refiere la inexistencia total del delito, para ello trascribe parte del último considerando de la sentencia de primera instancia, continua refiriendo la existencia de error en cuanto a lo establecido en la sentencia y el auto de vista al decir estas resoluciones que los procesados elaboran el documento, siendo que el que fraccionó el documento fue el abogado Jorge Justiniano Jiménez quién firma juntamente las partes suscribientes, que los esposos Murillo Cuellar habrían inducido en error a la querellante y que esto sería errado pues Modesta Jiménez Tufiño sería prestamista y tendría la ocupación de comerciante y como tal no se le puede confundir fácilmente haciéndole firmar un documento de venta, camuflado con uno de préstamo de dinero, extracta nuevamente criterios de las resoluciones en cuanto a que los procesados hacen insertar ilícitamente en una minuta a Ancelmo Morales Rojas persona inexistente, esto resultaría otro descabello que raya en exceso, porque para que opere la transferencia de la propiedad o de dominio del inmueble era necesario únicamente la firma de la titular de derecho de nombre Modesta Jiménez Tufiño, resultando incongruente que los procesados se den el trabajo de inventar un nombre, falsificar una cedula y llevar a un individuo con documentos falsos para que firme ante la notaría de fe pública, para demostrar este extremo, hace referencia a la escritura pública de fs. 3 y 4, continúa manifestando que con ver el documento de identidad de Modesta Jiménez, donde se evidencia su estado civil de casada, ni a los procesados ni a otra persona se le ocurriría comprar el inmueble de una persona casada, sin que por lo menos figure el nombre del esposo, en resumen refiere que la que falsificó y suplanto a su esposo, fue la querellante Modesta Jiménez, y lo que en realidad pasó fue que ante la negativa de la entrega del inmueble adquirido, Alejandro Aponte Suárez interpone acción ordinaria de cumplimiento de contrato, momento donde aparece Santiago Morales Reynaga, aduciendo ser esposo y reclamando el cincuenta por ciento de su derecho ganancial, de esa forma se denuncia falsedad contra los esposos Murillo Cuellar con el objeto de subsumir la escritura de venta de inmueble, dentro de las causales del art. 1289 párrafo II) del Código Civil, de esa forma montan un juicio panal con el único fin de quedarse con $us. 20. 000 precio de la venta, así como con el inmueble vendido sin importarles en lo más mínimo la condena penal que sufrirían dos ciudadanos inocentes