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    Auto Supremo AS/0339/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0339/2009

    Fecha: 02-Dic-2009

    No intervienen los Conjueces Víctor Hugo Escóbar Herbas y Freddy Lupa Totola por licencia


    No intervienen los Conjueces Víctor Hugo Escóbar Herbas y Freddy Lupa Totola por licencia
    • PARTES: Willy Ramírez Reyna y Candelaria Ramírez de Maldonado
    • FECHA: 2 de diciembre de 2009
    • Que, concluido el trámite del fraude procesal con sentencia ejecutoriada, por memorial de fojas 25
    • Finalmente, dando cumplimiento a lo ordenado, por escrito que precede adjuntan certificación expedida por el
    • CONSIDERANDO: Que, el recurso extraordinario de revisión de sentencia ejecutoriada, procede cuando se acredita cualquiera
    • Que la revisión de los antecedentes y del análisis precedente, se evidencia que, los actores
    • Por consiguiente, al no haberse presentado la protesta formal dentro el plazo previsto por ley,
    • POR TANTO: La Sala Plena de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Se dispone la acumulación a este proceso, la protesta formal del expediente No
    • No intervienen los Ministros Eddy Walter Fernández Gutiérrez y Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto
    • No intervienen los Ministros Hugo R
    • No intervienen los Conjueces Víctor Hugo Escóbar Herbas y Freddy Lupa Totola por licencia
    • Regístrese
    • Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés

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