Auto Supremo AS/0478/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2009

Fecha: 10-Dic-2009

Que el representante del Ministerio Público, en su recurso de casación, sin objetar las sanciones


Que el representante del Ministerio Público, en su recurso de casación, sin objetar las sanciones impuestas a José Mamani y a Andrés Quispe, impugnó la parte relativa a las absoluciones dispuestas a favor de los otros procesados porque, según su criterio, para los fines de una sentencia condenatoria contra ellos, era suficiente el hecho de habérselos encontrado en la casa de Mamani cuando se produjo el allanamiento respectivo; opinión que no puede ser aceptada porque la uniforme jurisprudencia nacional coincide en señalar que, de acuerdo a la legislación vigente y a la doctrina, la valoración de la prueba compete, de conformidad a la sana crítica y prudente arbitrio, a los jueces de grado